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Requisitos de ingreso de personal ajeno

 

1. Identificarse antes de entrar con su cédula y/o carné laboral.

 

2. La persona encargada de portería debe llevar registro de visitante ocasional.

 

3. Dejar un documento en la entrada principal del jardín y a cambio se le entregará el carné de visitante.

 

4. Portar el carné de visitante en un lugar visible hasta el momento de su salida.

 

5. En todo caso de reunión con personal del jardín, se notifica la llegada de la persona y se solicita autorización para el ingreso.

 

6. En caso de personal proveniente de alguna empresa se debe verificar la razón de la visita directamente con la empresa.

 

7. En todo caso los visitantes siempre deben estar acompañados por personal del jardín durante su estadía.

 

8. El funcionario que asuma el rol de acompañante no debe en ningún momento dejar de asumir esta función mientras el visitante se encuentre en la institución. Es responsabilidad del líder del proceso que todos sus funcionarios cumplan, en caso tal de no dar cumplimiento al numeral, el líder deberá proceder de manera disciplinaria.

 

9. Las visitas de padres de familia deben ser guiadas hacia la sala de espera, en donde será atendido por el funcionario que viene a visitar. Por ningún motivo los padres de familia deben deambular por el jardín.

 

10. Los padres de familia no deberán ingresar a los salones, a menos que una situación especial lo amerite, dicha situación será determinada exclusivamente por las directivas del jardín.

 

11. La visita de los conductores y las monitoras debe limitarse al área de estacionamiento y oficinas administrativas.

 

 Los proveedores no deberán ingresar en horarios de salida o de entrada de estudiantes (7:30a.m. a 8:00 a.m., de 1:30 p.m. a 2:00 p.m. y de 3:30 p.m. a 4:00 p.m.) y solo podrán acceder al área administrativa.

 

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